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Don quijote de la mancha: Defensor de la justicia trascendente

Nelly Mercedes Arruti(*)

La justicia constituye uno de los más grandes anhelos del hombre a través de los tiempos. Desde épocas inmemorables, el hombre se ha empeñado en perseguir la justicia con la misma fragilidad de quien persigue la felicidad: sin poder definirla a cabalidad, pasa su vida buscándola y el tratar de imponerla puede hacer menguar lo más íntimo de su esencia.
Como decía, muy a pesar de nuestra constante búsqueda, no existe un concepto universal de justicia, ya que éste puede variar de un individuo a otro e incluso de una sociedad a otra. Sin embargo, parece acertado considerar a la justicia como una “virtud que nos hace dar a cada cual según le corresponde” (1), sobre la base del respeto a la dignidad humana y como una forma de ejercer la autoridad y de garantizar la búsqueda del bien común.
Don Quijote de la Mancha, el más peculiar de los caballeros andantes, es la personificación de esta idea de justicia. Como hidalgo, insistirá en el cultivo de la virtud más que en la acumulación de bienes materiales, siendo la justicia una de sus más grandes obsesiones. Desde el momento en que sale de la biblioteca estará impulsado a traer al mundo esa justicia que tanto reclama, haciéndolo siempre al más puro estilo de los libros de caballería: “amparar humildes, abatir soberbios, enderezar entuertos, deshacer agravios, y en suma reparar justicias.” (2)
La justicia, en términos quijotescos, es diferente a la que puede contemplar el derecho legalmente establecido en un código o en una ley. El Quijote entiende la justicia como parte de la esencia del ser humano, algo propio de cada individuo, y no como una simple regla de vida social.
Para el siglo XVII la ley contemplaba castigos que podían incluir azotes, maltratos, cárcel y años remando en galeras, muchos de los cuales atentaban en su aplicación contra el derecho al respeto y a la dignidad humana. Por esto, encontramos episodios como el de los galeotes donde la justicia quijotesca parece chocar con la justicia legal e incluso interponerse a su aplicación, en virtud de que la primera otorga mayor importancia a la dignidad humana que la segunda.
Los galeotes son delincuentes que van a las galeras a pagar condena por sus culpas y, a pesar de ser criminales juzgados, condenados y en algunas ocasiones confesos, para Don Quijote estos merecen la libertad inmediata. Para él, el saber que van a la pena de mala gana y no de voluntad es razón suficiente para querer liberarlos. “En resolución –replicó don Quijote-, como quiera que ello sea, esta gente, aunque los llevan, van de por fuerza y no por su voluntad” (3).
En los galeotes no hay voluntad de ir a galeras a pagar por sus delitos. No existe el valor de enmendar ante la sociedad el mal que con el delito se le ha hecho; no hay redención ni aprendizaje, sólo obligación e imposición de la fuerza. Para el Quijote un valor implantado a la fuerza carece de sentido. El acto de obligar a los galeotes a pagar condena no genera un valor en sí mismo ni les hace crecer en la virtud, por lo que termina siendo vacío y sin razón.
El atropello y la humillación forman parte del castigo. Los galeotes son llevados con esposas en pies y manos, ensartados de una gran cadena y uno que otro atado hasta el cuello, después de haber recibido el número de azotes correspondientes. El ensañamiento y la esclavitud son insoportables para el héroe manchego; no habrá para él delito tan terrible que merezca penas tan grandes. Entonces, sentimos que es Cervantes quien habla a través del Quijote, que nos expresa sus anhelos de libertad, el valor que ésta adquiere una vez que se le ha perdido, o los retazos de lo que es tal vez un mal recuerdo de sus años de cautivo en Argel.
No debería existir castigo sin que existiera necesariamente un perdón y la intención de redimir a aquel que ha cometido delito haciéndolo crecer en la justicia entendida como un valor. “los pecadores mejor se ganan para Dios con dulzura que con crueles represiones” (4), cuando el castigo no va seguido de perdón no es total corrección del mal comportamiento y se convierte más bien en ensañamiento y frustración.
Igualmente, el Quijote nos enseña la superioridad de la justicia divina respecto a la humana: "Allá se lo haya cada uno con su pecado; Dios hay en el cielo que no se descuida de castigar al malo, ni de premiar al bueno, y no es bien que los hombres honrados sean verdugos de los otros hombres, no yéndoles nada en ello” (5). Un poco en la idea de que a los hombres no les compete del todo el hacer justicia y que no es correcto que un hombre sea verdugo de otro hombre.
Entonces, ¿cómo se entiende que el Quijote desee implantar justicia si al hombre no le compete hacerlo? Creo que habría mucho que aclarar en esta línea de pensamiento. La justicia quijotesca no se basa en jueces o verdugos tal como los conocemos, sino en lucha y valor. Don Quijote es capaz de emitir juicio, en determinada circunstancia incluso de emitir sentencia, pero dista del desenvolvimiento de un juez en virtud de la forma como se involucra a sí mismo. Seguirá la definición de héroe que nos ha enseñado Savater: actuará en lo irreconciliable, aún a sabiendas de que es irreconciliable, con la única intención de sacar de ello un valor. No se trata de emitir un juicio a distancia, ni de verificar de lejos el cumplimiento de una condena, sino de tomar su lanza en pie de lucha y sacrificar su integridad física, si fuera necesario, para conseguir el valor que persigue, la justicia en este caso.
Paradójicamente, los galeotes agradecerán su libertad apedreando a Don Quijote hasta dar con él en el suelo; incluso el mozo Andrés volverá unos capítulos más adelante a expresar su descontento por el favor recibido. Pero estos hechos tienden a importarnos poco y sentimos una especie de satisfacción que no se ve empañada por el agravio de los beneficiarios desagradecidos o por las quejas del mozo Andrés. El acto de obrar con justicia tiene valor en sí mismo y no en sus resultados. “Yo topé un rosario y sarta de gente mohína y desdichada, y hice con ellos lo que mi religión me pide, y lo demás allí se avenga.”(6). El actuar por la fama o por el agradecimiento hubiera menguado el valor del hecho en sí y de la búsqueda desinteresada del bien.
Por todas estas razones, la base del episodio de los galeotes es la contradicción entre la justicia legal humana y la justicia que fomenta Don Quijote.
La justicia legal es un intento del hombre por ordenar la conducta en sociedad en búsqueda del bien común, de normar una forma de vida para conservar las relaciones de convivencia. El problema es que, al igual que el concepto de justicia, la idea de bien común se convierte en un término poco definido y hasta adaptable. Es posible entender la diferencia entre el bien de todos y el bien de algunos, pero las traducciones del camino para conseguir dicho bien pueden ser múltiples e incluso pueden estar viciadas por las tentaciones del hombre a dejarse llevar por su deseo de poseer y sus ansias de dominar.
Don Quijote impone una justicia diferente que presta importancia tanto a la meta como a los fines para alcanzarla. No es sólo la implantación del bien común, sino también la atención constante al ser, a la dignidad a la virtud y al respeto. Por ello, si la voluntad de la ley por imponer orden no va acompañada de estos principios, no será advertida y mucho menos acatada por el héroe manchego.
El hidalgo opta por el ser, al punto de tratar de aplacar el querer poseer y el querer dominar. Con esto me refiero a la capacidad de elegir: de entregarse a sí mismo, de arriesgar la vida si es necesario en la búsqueda de un ideal y en el cultivo de la virtud. Así, la justicia quijotesca, la de corte transcendente, se construye a la sombra de una ofrenda de vida.
El sentido del inmediatismo nos hace concebir leyes más preocupadas por garantizar la eficiencia de su aplicación que de procurar un crecimiento del ser. Vivimos educados en la sospecha, en virtud de que nadie confía en la palabra del otro y la redención no forma parte del castigo. En ocasiones, el criminal es considerado como tal una vez que el delito ha revelado su verdadera esencia. Negamos al acusado toda posibilidad de arrepentimiento y enmienda al creer que siempre ha sido criminal, aunque es sólo hasta que comete delito que realmente lo sabemos.
En esta línea de pensamiento, ¿cómo combinar las aspiraciones de la sociedad de hacer justicia con este sentido de justicia trascendental que nos propone el Quijote?
La virtud de la justicia que crece en sociedad debe hacer lo posible para garantizar que cada uno de sus miembros reciba lo que corresponde siempre en respeto de su dignidad humana. El derecho debe ser fruto del espíritu y la justicia una dimensión del alma. Debe existir en cada ser humano una ley moral, intrínseca y propia de cada uno, para hacerle obrar correctamente por necesidad y conocimiento de la importancia de vivir en la virtud, en lugar del temor al castigo.
Para convertirnos en quijotes deseosos de justicia debemos perseguirla como una realidad espiritual que puede ser exteriorizada en la convivencia del hombre en sociedad.
(1) Diccionario Larousse.
(2) ALCALÁ ZAMORA, Niceto: El pensamiento de El Quijote visto por un Abogado; Buenos Aires, Editorial Guillermo Kraft LTDA, 1947, Pág.106
(3) CERVANTES, Miguel de: El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha; parte I, cap. XXII.
(4) DE ASIS, San Francisco: Las Florecillas; Pág. 125.
(5) CERVANTES, Miguel de: El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha; parte I, cap. XXII.
(6) CERVANTES, Miguel de: El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha; parte I, cap. XXX.

Sven: colocar una Nota al final que diga: La Bibliografía de este artículo se encuentra en www.universalia.usb.ve
OJO ROBERTO: ESTA Bibliografía solamente va en la Universalia digital
Bibliografía

ALCALÁ ZAMORA, Niceto: El Pensamiento de Don Quijote Visto por un Abogado”;Buenos Aires, Editorial Guillermo Kraft L.T.D.A, 1947.
ASIS, San Francisco de: Las Florecillas; Madrid, Editorial Católica S.A
BASAVE FERNÁNDEZ, Agustín: Filosofía del Quijote; México, Editorial Epasa Calpe Mexicana, 19éxico, Editorial Epasa Calpe Mexicana, 1959.
BOFF, Leonardo: La Oración de San Francisco; Editorial Sal Térrea.
CASTRO DASSEN, Horacio: El Derecho en Don Quijote; Buenos Aires, Editorial Arayú, 1953.
CERVANTES, Miguel de: El Ingenioso Hidalgo Don Quijote de la Mancha; Madrid, Editorial EDITORS, 1998.
COVEY, Stephen: Los 7 Hábitos de la Gente Altamente Efectiva; Barcelona, Editorial Piados, 1997.
GARCÍA VALDECASAS, Alfonso: El Hidalgo y el Honor; Madrid, 1958.
MOLINA, Jaime: Compendio del Catecismo de la Iglesia Católica; Maracaibo, Editorial A.V.F.C, 1994.
OSORIO, Manuel: Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales; Buenos Aires, Editorial Heliasta, 1974.
PORRAS RENGEL, Juan: Metafísica del Conocimiento y de la Acción; Caracas, Editorial Fondo de Cultura Económica, 1976.
SAVATER, Fernando: La Tarea del Héroe (Elementos para una Ética Trágica); Editorial Taurus.
SCHELER, Max: El Santo, El Genio, el Héroe; Buenos Aires, Editorial Nova, 1961.
UNAMUNO, Miguel de: Vida de Don Quijote y Sancho; Buenos Aires, Editorial Epasa Calpe Argentina, 1941.

De la red:
http://www.interbook.net/empresas/lua911/html/TeoriasEticas/EticaPlaton/...
http://www.encuentra.com/includes/documento.php?IdDoc=1953&IdSec=393
http://www.neoliberalismo.com/justicia_social.htm

Imagen tomada de http://www.aache.com/quijote/

(*)Egresada USB
Universalia nº 23 Sep-Dic 2005